Nombre del Servicio: Vinculación para la capacitación y realización de Convenio Específico de Colaboración y Capacitación con Institución Pública, Empresa, Asociación Civil o Persona Física con Actividad Empresarial a los sectores: público, social y privado.

Cédula en proceso de actualización

Modalidad

  • Presencial.

Fundamento Jurídico

Artículos 28 fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas; 15 fracción I del Decreto por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas, así como el 14 de fracción II del Reglamento Interior del Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas.

Descripción del Servicio

Establecer el vínculo para la capacitación con Instituciones Públicas, Empresas, Asociaciones Civiles o Persona Física con Actividad Empresarial a través de un Convenio Específico de Colaboración consistente en integrar un documento oficial donde ambas partes reconozcan su personalidad jurídica y establezcan criterios para el ejercicio de recursos institucionales para la concertación o coordinación de la capacitación para grupos de beneficiarios, acorde a la oferta educativa del ICATECH y sus normas de control escolar vigentes. El Convenio General de Colaboración es un requisito para la integración de Convenios Específicos de Capacitación por parte de cualquiera de las 11 Unidades de Capacitación ICATECH o por autorización superior en cuanto se requiera por la naturaleza de ser de un programa o proyecto a realizar por medio de la Dirección de Vinculación y la Capacitación en la Modalidad Acelerada Específica (CAE) que atiende necesidades específicas de las Instituciones o Personas Físicas con Actividad Empresarial.

Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio

En todo momento en cuanto una Institución Pública, Empresa, Asociación Civil o Persona Física con Actividad Empresarial desea beneficiarse con Capacitación, dando cumplimiento a la Modalidad Acelerada Específica (CAE) que atiende necesidades específicas de las Instituciones, empresas, asociación civil o personas físicas con actividad empresarial.

 

Cómo realizar el Servicio

Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes


Para solicitar un Convenio Específico de Colaboración deberá acudir al Departamento de Vinculación de la Unidad de Capacitación en la que esté interesado en recibir el servicio de capacitación o por autorización superior en cuanto se requiera por la naturaleza de ser de un programa o proyecto a realizar por medio de la Dirección de Vinculación o por las Unidades de Capacitación.

En ambos casos, deberá contestar la encuesta de identificación de necesidades de colaboración y proporcionar datos de contacto (nombre de la persona solicitante, cargo institucional, correo electrónico, domicilio de contacto y teléfonos de contacto).

El funcionario del sujeto obligado proporcionará al solicitante los requisitos aplicables.

El solicitante entregará vía electrónica los requisitos aplicables dependiendo de si es persona moral, persona física o Institución pública.

El sujeto obligado dará aviso electrónico al solicitante si procede el servicio, emitirá solicitud de entrega de requisitos o no procede el servicio, dentro de los 2 días hábiles posteriores a la solicitud del servicio.

El sujeto obligado entregará al cumplirse los 5 días hábiles el formato de convenio de colaboración validado Jurídicamente, solicitando la integración de firmas del titular institucional y dos testigos.

El solicitante integrará las firmas requeridas por el sujeto obligado y devolverá el formato de convenio de colaboración validada para la firma del(a) titular de la Dirección General del ICATECH y/o el Titular de la Unidad de Capacitación.

El sujeto obligado tramitará las firmas faltantes y devolverá el formato de convenio de colaboración al solicitante.

 

Requisitos:


Nombre
Se necesita los
siguientes criterios:
-Firma
-Validación
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona, empresa,
sujeto obligado o
instancia que lo emite
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) Adicional se necesita alguno de los
siguientes criterios:
-Firma
Validación/Act.
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona o
empresa que lo emite
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio:
-Acreditación
-Inspeción
-Verificación
Inf. adicional acerca del rstRequisitos Original Copias


Credencial de Elector con Fotografía Vigente del Titular de la Institución Pública, Empresa, Asociación Civil o Persona Física que Solicita el Servicio.


•Validación


Instituto Nacional Electoral, (INE).










El requisito anterior se solicita para efectos de validación jurídica por parte del sujeto obligado conforme al fundamento legal establecido en el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales y 16, fracción II, del Decreto no. 182 del periódico oficial No. 032, Tomo I, de fecha 26 de julio del 2000, por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas (ICATECH), y del Decreto No. 183 publicado en el Periódico Oficial No. 094, Tomo III, del 21 de mayo del 2008, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones al decreto de creación en referencia y considerando el Procedimiento No. ICATECH-DG-UJ-004 denominado “Análisis y validación de proyectos de convenios, contratos y cualquier otro documento de índole legal” del Manual de procedimientos vigente.





1


Identificación Oficial de 2 Testigos de la Institución Pública, Empresa, Asociación Civil o Persona Física que Solicita el Servicio.


•Validación


Instituto Nacional Electoral, (INE).










El requisito anterior se solicita para efectos de validación jurídica por parte del sujeto obligado conforme al fundamento legal establecido en el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales y 16, fracción II, del Decreto no. 182 del periódico oficial No. 032, Tomo I, de fecha 26 de julio del 2000, por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas (ICATECH), y del Decreto No. 183 publicado en el Periódico Oficial No. 094, Tomo III, del 21 de mayo del 2008, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones al decreto de creación en referencia y considerando el Procedimiento No. ICATECH-DG-UJ-004 denominado “Análisis y validación de proyectos de convenios, contratos y cualquier otro documento de índole legal” del Manual de procedimientos vigente.





1


Nombramiento del Titular de la Institución Pública o Poder Legal Notariado de la Empresa o Asociación Civil que lo Habilite a Firmar Convenios, (no aplica para persona física).


•Firma


Funcionario Público o Notario Público.










El requisito anterior se solicita para efectos de validación jurídica por parte del sujeto obligado conforme al fundamento legal establecido en el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales y 16, fracción II, del Decreto no. 182 del periódico oficial No. 032, Tomo I, de fecha 26 de julio del 2000, por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas (ICATECH), y del Decreto No. 183 publicado en el Periódico Oficial No. 094, Tomo III, del 21 de mayo del 2008, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones al decreto de creación en referencia y considerando el Procedimiento No. ICATECH-DG-UJ-004 denominado “Análisis y validación de proyectos de convenios, contratos y cualquier otro documento de índole legal” del Manual de procedimientos vigente.





1


Decreto de Creación, Acta de Creación o Constitutiva, (no aplica para persona física).


•Validación


Titular de la Institución Pública, Empresa, Asociación Civil o Persona Física que Solicita el Servicio.










El requisito anterior se solicita para efectos de validación jurídica por parte del sujeto obligado conforme al fundamento legal establecido en el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales y 16, fracción II, del Decreto no. 182 del periódico oficial No. 032, Tomo I, de fecha 26 de julio del 2000, por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas (ICATECH), y del Decreto No. 183 publicado en el Periódico Oficial No. 094, Tomo III, del 21 de mayo del 2008, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones al decreto de creación en referencia y considerando el Procedimiento No. ICATECH-DG-UJ-004 denominado “Análisis y validación de proyectos de convenios, contratos y cualquier otro documento de índole legal” del Manual de procedimientos vigente.





1


Cédula Fiscal Emitida por el Sistema de Administración Tributaria, (SAT), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, (aplica en todos los casos de Institución Pública, Empresa, Asociación Civil o Persona Física que contenga actividad empresarial).


•Validación


Sistema de Administración Tributaria, (SAT), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.










El requisito anterior se solicita para efectos de validación jurídica por parte del sujeto obligado conforme al fundamento legal establecido en el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales y 16, fracción II, del Decreto no. 182 del periódico oficial No. 032, Tomo I, de fecha 26 de julio del 2000, por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas (ICATECH), y del Decreto No. 183 publicado en el Periódico Oficial No. 094, Tomo III, del 21 de mayo del 2008, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones al decreto de creación en referencia y considerando el Procedimiento No. ICATECH-DG-UJ-004 denominado “Análisis y validación de proyectos de convenios, contratos y cualquier otro documento de índole legal” del Manual de procedimientos vigente.





1


Comprobante de Domicilio Actualizado, (no mayor de 90 días de emisión).


•Validación


Empresa de Servicio Telefónico, Agua Potable, Energía Eléctrica o Carta de Vecindad Emitida por el Secretario Municipal.










El requisito anterior se solicita para efectos de validación jurídica por parte del sujeto obligado conforme al fundamento legal establecido en el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales y 16, fracción II, del Decreto no. 182 del periódico oficial No. 032, Tomo I, de fecha 26 de julio del 2000, por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas (ICATECH), y del Decreto No. 183 publicado en el Periódico Oficial No. 094, Tomo III, del 21 de mayo del 2008, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones al decreto de creación en referencia y considerando el Procedimiento No. ICATECH-DG-UJ-004 denominado “Análisis y validación de proyectos de convenios, contratos y cualquier otro documento de índole legal” del Manual de procedimientos vigente.





1


Logotipo digital Institucional, Asociación Civil o de Persona Moral, (no aplica para persona física).


•Validación


Institución Pública, Asociación Civil o Persona Moral.










El requisito anterior se solicita para efectos de validación jurídica por parte del sujeto obligado conforme al fundamento legal establecido en el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales y 16, fracción II, del Decreto no. 182 del periódico oficial No. 032, Tomo I, de fecha 26 de julio del 2000, por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas (ICATECH), y del Decreto No. 183 publicado en el Periódico Oficial No. 094, Tomo III, del 21 de mayo del 2008, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones al decreto de creación en referencia y considerando el Procedimiento No. ICATECH-DG-UJ-004 denominado “Análisis y validación de proyectos de convenios, contratos y cualquier otro documento de índole legal” del Manual de procedimientos vigente.







Declaración de Impuestos del Año Inmediato Anterior, (no aplica para Instituciones Gubernamentales).


•Validación


Sistema de Administración Tributaria,(SAT),de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.










El requisito anterior se solicita para efectos de validación jurídica por parte del sujeto obligado conforme al fundamento legal establecido en el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales y 16, fracción II, del Decreto no. 182 del periódico oficial No. 032, Tomo I, de fecha 26 de julio del 2000, por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas (ICATECH), y del Decreto No. 183 publicado en el Periódico Oficial No. 094, Tomo III, del 21 de mayo del 2008, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones al decreto de creación en referencia y considerando el Procedimiento No. ICATECH-DG-UJ-004 denominado “Análisis y validación de proyectos de convenios, contratos y cualquier otro documento de índole legal” del Manual de procedimientos vigente.





1

Formatos

No aplica

¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?

SI

Objetivo de la inspección o verificación del Servicio:




Sujeto obligado responsable del trámite o servicio

Catazajá
  • Departamento de Vinculación

    Lic. Ericka Latournerie Hernández

    Blvd. Tuxtla Gutiérrez s/n. C.P. 29980 , Barrio Sagrado Corazón de Jesus Catazajá, Chiapas.

    Teléfono: (916) 3660060
    Correo: erickalatournerihe@gmail.com

Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio

7 días hábiles

Monto de derechos

Gratuito


Adicional al monto de derechos del Servicio

No aplica

Forma de determinar el monto de derechos del Servicio

No aplica


Alternativas para realizar el pago

No aplica


Vigencia de la operatividad del Servicio

2 años


Resolución obtenida

Convenio Específico de Colaboración firmado por las partes.

Vigencia de la resolución obtenida

2 años El (la) titular de la Dirección General del ICATECH suscribe los convenios de colaboración acreditando su personalidad jurídica con nombramiento expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Chiapas, por lo que se encuentra plenamente facultado(a) en términos de lo dispuesto en los artículos 28 fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas; 15 fracción I del Decreto por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas, así como el 14 de fracción II del Reglamento interior del instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas.

Horario de Atención

Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 horas

Quejas y Sugerencias

Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.

Estas son las alternativas:

  1. Encargado de Unidad de Capacitación Catazajá

    Diríjase con: Lic. Eleodoro Genaro Mendoza Latournerie, sita en Boulevard Tuxtla Gutiérrez S/N. , Barrio Sagrado Corazón de Jesus C.P. 29980 Catazajá.

    O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: (916) 3660060

    En internet a través del Correo Electrónico siguiente: latournerie10.4@gmail.com


• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.

En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx

Información que establezca la normatividad aplicable

Art. 15 fracción I del Decreto por el que se crea el Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas, así como el 14 de fracción II del Reglamento Interior del Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas.

Para el caso del objetivo de la capacitación, la normatividad aplicable se encuentra en los lineamientos, planes, programas y criterios de la Secretaría de Educación Pública.

Así como, en los Lineamientos de los Procesos de Vinculación y Capacitación del ICATECH.

Información adicional

Cuándo la atención de este servicio termina y ya se tiene el convenio general de colaboración firmado y vigente.

El solicitante institucional o la persona física con convenio validado está ya en posibilidad de solicitar la atención grupal de capacitación a los beneficiarios designados a cualquiera de las 11 Unidades de Capacitación con las que cuenta el ICATECH. La atención de la capacitación queda sujeta a la disponibilidad, programación de cursos, pago previo y al cupo de cada grupo de capacitación. Cada participante de un grupo de capacitación deberá llenar su formato de inscripción, entregar información personal y documentación necesaria para ser beneficiario de la capacitación grupal.

Criterios de resolución del Servicio

El Convenio Específico de Colaboración con Institución Pública, Empresa o Persona Física con Actividad Empresarial, deberá ser firmado por el titular de la Unidad de Capacitación en donde esté interesado en recibir los cursos y por el Titular de Institución Interesada.

Cédula en proceso de actualización

Responsable de Actualizar
Responsable de la actualización
Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas es la responsable de actualizar esta guía de servicios, a través del servidor público Mtro. Luis Ernesto Aréchar Narváez, con cargo de Asesor.
Última actualización: 12 de July del 2021
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