Nombre del Servicio: Casa Hogar para Adolescentes.

Organismo Público: Sistema DIF Chiapas

Cédula en proceso de actualización

Modalidad

  • Presencial.

Fundamento Jurídico

  • Artículo 4, fracción I y XVI, del Decreto No. 209, publicado en el periódico oficial 034, de fecha 27 de Junio de 2007, mediante el cual se crea el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas.
  • Artículo 7, fracción VII, inciso h) Capítulo I y artículo 39, inciso h), del Reglamento Interior del Sistema DIF Chiapas, publicado mediante periódico oficial 396, de fecha 26 de Septiembre del 2018

Descripción del Servicio

Casa hogar para adolescentes proporciona atención integral a adolescentes de 12 años a 17 años 11 meses de edad, en situación de vulnerabilidad, a través de los servicios como alojamiento, servicio social, atención médica, psicológica y pedagógica.

Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio

Se prestará el servicio cuando un adolescentes se encuentre en situación de vulnerabilidad, abandono o maltrato. 

Cómo realizar el Servicio

Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes


Deberá realizarse la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público o en la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia, cada una de estas instancias realizará la canalización correspondiente.

Requisitos:


Nombre
Se necesita los
siguientes criterios:
-Firma
-Validación
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona, empresa,
sujeto obligado o
instancia que lo emite
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) Adicional se necesita alguno de los
siguientes criterios:
-Firma
Validación/Act.
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona o
empresa que lo emite
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio:
-Acreditación
-Inspeción
-Verificación
Inf. adicional acerca del rstRequisitos Original Copias


Ser canalizado a través de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia.


•Firma


Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia.








•Acreditación


1.-No aplica.

2.-Preexistente. 

3.- Acreditar que autoridad remitió al adolescente.







1


Tener 12 años cumplidos y ser menor de 18 años.












•Acreditación


1.-No aplica.

2.-Preexistentes. 

3.- Acreditar que se trata de un adolescente.





Estar en condición de vulnerabilidad.


•Firma


Casa Hogar para Adolescentes.








•Acreditación


  1. Preexistentes. 
  2. No aplica. 
  3. Contar con los datos del solicitante. 

 







Existencia de un proceso legal por parte de los padres, entendiendo que por esta razón se vean expuestos cotidianamente a la violación de sus derechos.


•Firma


Autoridad competente.








•Acreditación


1.-No aplica.

2.-Preexistente. 

3.-Acreditar el estado de vulnerabilidad, derivado del proceso legal.





1


Adolescentes con vínculo familiar deteriorado, debilitado y ninguna capacidad para contenerlos (as) física o afectivamente, o cuando el vínculo sea inexistente ligado a una situación de mayor vulnerabilidad (orfandad).


•Firma


Casa Hogar para Adolescentes.








•Acreditación


  1. Preexistente. 
  2. No aplica.
  3. Acreditar el estado de vulnerabilidad del solicitante. 




Exista un diagnostico que determine que el adolescente no consume drogas, previo análisis técnico de la situación particular y las instancias involucradas.


•Firma


Institución de Salud.








•Acreditación


1.- No aplica.

2.-Preexistente. 

3.-Verificar que el adolescente no presente adicción alguna.







1


No contar con antecedentes delictivos


•Firma


Autoridad competente.








•Acreditación


1.- No aplica.

2.-Preexistente.  }

3.-Contar con datos que permitan proporcionar una mejor atención al adolescente.





Adolescentes que no presenten un diagnostico psiquiátrico, problemas conductuales y/o discapacidad severa.


•Firma


Autoridad competente.








•Acreditación


1.-No aplica.

2.-Preexistente. 

3.-Verificar el estado psico emocional del adolescente, a fin de brindarle un mejor apoyo y servicio.





Certificar que no cuente con enfermedades infectocontagiosas.


•Firma


Casa Hogar para Adolescentes.








•Acreditación


  1. Preexistente. 
  2. No aplica. 
  3. Acreditar el diagnóstico del solicitante. 






El ingreso debe soportarse con la documentación que determine su situación jurídica, (resolución judicial, averiguación previa, oficio de canalización, examen médico legista; en caso de existir acta de nacimiento, cartilla de vacunación y certificado o constancia de estudios), se anexará a la solicitud de ingreso.


•Firma


Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia.








•Acreditación


1.-No aplica.

2.-Preexistente. 

3.-Acreditar la situación legal del adolescentes.







1


Acta de Nacimiento (No aplica vigencia).


•Certificación


Registro Civil.








•Acreditación


1.-No aplica.

2.-Preexistente. 

3.-Contar con documentación oficial que acredite los datos generales del Adolescentes, y que puedan servir para proporcionarle un mejor servicio.







CURP


•Firma


Secretaría de Gobernación.








•Acreditación


1.-No aplica.

2.-Preexistente. 

3.-Contar con documentación necesaria para otorgar un mejor servicio al adolescente.







Cartilla de vacunación.


•Firma


Institución de Salud.








•Acreditación


1.-No aplica.

2.- Preexistente. 

3.-Contar con información que pueda ayudar con un mejor servicio en la salud del adolescente.







Cartilla escolar o constancia de estudios.


•Firma


Secretaría de Educación.








•Acreditación


1.-No aplica.

2.-Preexistente. 

3.-Contar con documentación que permita proporcionarle un mejor servicio al adolescente.







Certificado médico.


•Firma


Institución de Salud.








•Acreditación


1.- No aplica.

2.-Preexisntente. 

3.-Verificar el estado de salud en el que se encuentra e ingresa el adolescente.






Formatos

No aplica

¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?

NO

Sujeto obligado responsable del trámite o servicio

Tuxtla Gutiérrez
  • Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia

    Lic. María Isabel Cruz Cruz

    Libramiento Norte Oriente Salomôn Gonzâlez Blanco S/N Esq. Paso Limón, Patria Nueva C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Conmutador: (961) 61 7 00-20 Ext. 55006, 55081
    Correo: procuraduria@difchiapas.gob.mx

Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio

3 días.

Monto de derechos

Gratuito


Adicional al monto de derechos del Servicio

No aplica.

Forma de determinar el monto de derechos del Servicio

No aplica. 


Alternativas para realizar el pago

No aplica.


Vigencia de la operatividad del Servicio

Todo el año 2021, en días y horas hábiles.


Resolución obtenida

Un espacio donde seán atendidos y adquieran herramientas que les refuercen sus habilidades para su futuro.

Vigencia de la resolución obtenida

No aplica

Horario de Atención

08:00 a.m. a 16:00 p.m. de Lunes a viernes en días hábiles.

Quejas y Sugerencias

Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.

Estas son las alternativas:

  1. Coordinación Operativa de Centros Asistenciales

    Diríjase con: C. Ana Cecilia Ortíz Farrera, sita en Libramiento Norte Oriente S/N Esq. Paso Limón, Patria Nueva C.P. 29045 Tuxtla Gutiérrez.

    O bien, si lo prefiere comuníquese al Conmutador: ( 961 ) 61 7 00 20 Ext. 55015, 55088 y 55089

    En internet a través del Correo Electrónico siguiente: centrosasistenciales@difchiapas.gob.mx


• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.

En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx

Información que establezca la normatividad aplicable

  • Artículo 4to., capítulo II de la Ley de Asistencia Social.
  • Artículo 1°, titulo primero de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. 

Información adicional

No plica. 

Criterios de resolución del Servicio

  • Que el solicitante cumpla con:
    • Edad
    • Situación legal
    • Que sean canalizados por la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños,  Adolescentes y la Familia. 

Cédula en proceso de actualización

Responsable de Actualizar
Responsable de la actualización
Sistema DIF Chiapas es la responsable de actualizar esta guía de servicios, a través del servidor público Lic. Adriana Petriz Toledo., con cargo de Abogada adscrita a la Unidad de Apoyo Jurídico.
Última actualización: 05 de February del 2021
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