Nombre del Servicio: Visitas de Trabajo Social.

Organismo Público: Sistema DIF Chiapas

Cédula en proceso de actualización

Fundamento Jurídico

  • Artículo 131, fracción V y artículo 135, fracciones V y XIX, capitulo II de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chiapas, publicado mediante periódico oficial el 17 de junio del 2015.
  • Articulo 17, fracción II y III, capitulo IV, del Decreto de creación de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Estado de Chiapas, publicado mediante periódico oficial No. 247 2a. Sección, de fecha 20 de Julio del 2016.

Descripción del Servicio

Visita domiciliaria de trabajo social que realiza el personal de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia para constatar probables actos que violan los derechos de las personas en estado de vulnerabilidad.

Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio

Cuando se reciben denuncias de maltrato y/o abandono de niñas, niños y adolescentes, presentadas por instancias jurisdiccionales o terceras personas.

Cómo realizar el Servicio

Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes


  1. La víctima, la ciudadanía o la autoridad administrativa o judicial, solicitan vía telefónica la visita por considerar que existen probables actos que violan los derechos de personas en estado de vulnerabilidad.
  2. Se programa fecha y hora para realizar la visita domiciliaria correspondiente.
  3. La trabajadora social acude de manera personal al domicilio en donde habita o escuela o lugar donde se encuentra el sujeto probable víctima del hecho de abandono o maltrato a la infancia o a la familia. 
  4. La trabajadora social procede a realizar un informe de trabajo social.
  5. Informa el resultado de la Investigación al Jefe del Departamento de Asesoría Jurídica y Servicios Psicosociales, quien posteriormente determina el seguimiento respectivo.

Requisitos:


Nombre
Se necesita los
siguientes criterios:
-Firma
-Validación
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona, empresa,
sujeto obligado o
instancia que lo emite
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) Adicional se necesita alguno de los
siguientes criterios:
-Firma
Validación/Act.
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona o
empresa que lo emite
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio:
-Acreditación
-Inspeción
-Verificación
Inf. adicional acerca del rstRequisitos Original Copias


Oficio o cédula de notificación del órgano administrativo o jurisdiccional.


•Firma


La autoridad que requiere el servicio o el público que realiza la denuncia.








•Acreditación


  1. Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
  2. Preexistente.
  3. Para fundamento del servicio requerido.




Ficha única de atención.


•Firma


La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y la Familia.








•Acreditación


  1. No aplica.
  2. Preexistente.
  3. Verificación.





Formatos

No aplica

¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?

NO

Sujeto obligado responsable del trámite o servicio

Tuxtla Gutiérrez
  • Departamento de Asesoría Jurídica y Servicios Psicosociales

    Mtra. Josefa de la Cruz Nuñez

    Libramiento Norte Oriente S/N Esq. Paso Limón, Patria Nueva C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Conmutador: (961) 61 7 00 20 Ext. 55084
    Correo: asesoriajuridica@difchiapas.gob.mx

Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio

15 días.

Monto de derechos

Gratuito


Adicional al monto de derechos del Servicio

No aplica.

Forma de determinar el monto de derechos del Servicio

No aplica.


Alternativas para realizar el pago

No aplica.


Vigencia de la operatividad del Servicio

Todo el año 2021, en días y horas hábiles.


Resolución obtenida

Informe por escrito del resultado de la visita de trabajo social.

Vigencia de la resolución obtenida

No aplica

Horario de Atención

De 8:30 A.M. a 3:30 P.M. De lunes a viernes, en días hábiles.

Quejas y Sugerencias

Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.

Estas son las alternativas:

  1. Dirección General

    Diríjase con: Lic. Karina Martínez López, sita en Libramiento Norte Oriente S/N Esq. Paso Limón, Patria Nueva C.P. 29045 Tuxtla Gutiérrez.

    O bien, si lo prefiere comuníquese al Conmutador: (961) 61 7 00 20 Ext. 55001, 55002, 55019, 55020 y 55021

    En internet a través del Correo Electrónico siguiente: dgeneral@difchiapas.gob.mx

  2. Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia

    Diríjase con: Lic. María Isabel Cruz Cruz, sita en Libramiento Norte Oriente Salomôn Gonzâlez Blanco S/N Esq. Paso Limón, Patria Nueva C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez.

    O bien, si lo prefiere comuníquese al Conmutador: (961) 61 7 00-20 Ext. 55006, 55081

    En internet a través del Correo Electrónico siguiente: procuraduria@difchiapas.gob.mx


• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.

En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx

Información que establezca la normatividad aplicable

Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, Articulo 17, fracción II y III, capitulo IV.

Información adicional

No aplica.

Criterios de resolución del Servicio

Cumplir con los requisitos.

Cédula en proceso de actualización

Responsable de Actualizar
Responsable de la actualización
Sistema DIF Chiapas es la responsable de actualizar esta guía de servicios, a través del servidor público Lic. Adriana Petriz Toledo., con cargo de Abogada adscrita a la Unidad de Apoyo Jurídico.
Última actualización: 21 de February del 2021
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