Nombre del Servicio: Certificación de plano Topográfico.

Organismo Público: Secretaría General de Gobierno

Cédula en proceso de actualización

Modalidad

  • Presencial.

Fundamento Jurídico

  • Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 61.
  • Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 44 y 45.
  • Ley de Derechos del Estado de Chiapas, Artículo 21 octies, fracción IX, incisos a), b) y c)

 

Descripción del Servicio

Verificar las características del plano topográfico presentado por el contribuyente, que tendrá como objetivo revisar mediante puntos de control acimutal y lineal, para comprobar si es procedente la certificación de dicho plano.

Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio

Cuando el propietario, poseedor legal, representante legal o dependencia de cualquiera de los tres niveles de gobierno, requiera de una certificación a fin de avalar los datos contenidos en el plano presentado.

Cómo realizar el Servicio

Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes


Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes:

  • Presentar solicitud por escrito firmado por el interesado, indicando la ubicación del predio, clave o registro catastral, nombre, domicilio y número de teléfono para oír y recibir notificaciones, el servicio catastral que solicita, dirigido al Director de Catastro del Estado, anexando los requisitos.
  • Se revisará la documentación, en caso de que haga falta algún documento se le dará 15 días para subsanarlo, en caso contrario se tendrá por no interpuesta la solicitud.
  • Se programará fecha para la verificación de campo, los gastos de traslado y estancia del personal corren a cargo del solicitante, se debe tener acceso libre al predio y estar desmontado, toda vez que el personal que ejecuta el trabajo de levantamiento, no realiza labores de limpia de callejones o linderos.
  • pago de derecho.

El pago de derecho se realizará en las Cajas de Recaudación de la Secretaria de Hacienda del Estado o a través de los medios que ésta disponga para tal fin.

Requisitos:


Nombre
Se necesita los
siguientes criterios:
-Firma
-Validación
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona, empresa,
sujeto obligado o
instancia que lo emite
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) Adicional se necesita alguno de los
siguientes criterios:
-Firma
Validación/Act.
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona o
empresa que lo emite
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio:
-Acreditación
-Inspeción
-Verificación
Inf. adicional acerca del rstRequisitos Original Copias


Solicitud por escrito


•Firma


el solicitante










Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 44 y 45.

Preexistente.

Para acreditar el actuar de la depenciancia.







Escritura Pública, Título de Propiedad expedido por institución autorizada, Escritura Privada o Resolución Presidencial, en caso de los Ejidos, los cuales deberán contener los datos de inscripción del Registro Público de la Propiedad y de Comercio


•Firma


el fedatario público o dependencia gubernamental que lo expida.










Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 44 y 45.

Preexistente.

Para corroborar la legal tenencia del predio.







1


Boleta Predial vigente.


•Autorización


El Ayuntamiento Municipal correspondiente










Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 44 y 45.

Preexistente.

Para corroborar que esta al corriendo de contribunión fiscal.

 







1


Identificación Oficial del Propietario


•Autorización


Por el Instituto Nacional Electoral










Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 44 y 45.

Preexistente.

Para corroborar la personalidad del interesado.







1


Plano Topográfico (impreso y digital)


•Firma


por el profesionista que lo realiza.










Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 44 y 45.

Preexistente.

Para corroborar la localización del predio.







1


Pago de derecho


•Validación


Por la Secretaría de Hacienda, a través de sus delegaciones.










Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 44 y 45.

Preexistente.

Para acreditar el pago por el serviciio proporcionado.







1

Formatos

No aplica

¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?

SI

Objetivo de la inspección o verificación del Servicio:




Sujeto obligado responsable del trámite o servicio

Tuxtla Gutiérrez
  • Dirección de Catastro del Estado

    C. Evencio Mendoza Herrera

    Calle Central y 2a. Sur , Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Teléfono: (01961) 61 2 56 46
    Correo: catastro.chiapas@hotmail.com

Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio

25 días hábiles.

Monto de derechos

Ver tabla de costos


Adicional al monto de derechos del Servicio

Contribución del 6%, fundamentado en el Artículo 265 del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas.

Forma de determinar el monto de derechos del Servicio

Ley de Derechos

 

   

 

 

21-OCTIES - IX - a 

CERTIFICACION DE PLANOS TOPOGRAFICOS PRESENTADOS, HASTA 5 HECTAREAS, INCLUYE VERIFICACION DE CAMPO

$ 950.00

6% contribución

$ 57.00

$ 1,007.00

21-OCTIES - IX - b 

CERTIFICACION DE PLANOS TOPOGRAFICOS PRESENTADOS, MAYOR DE 5 HASTA 10 HECTAREAS, INCLUYENDO VERIFICACION DE CAMPO

$ 1,900.00

6% contribución

$ 114.00

$ 2,014.00

21-OCTIES - IX - c 

CERTIFICACION DE PLANOS TOPOGRAFICOS PRESENTADOS POR CADA HECTAREA O FRACCION ADICIONAL DESPUES DE 10 HECTAREAS

$ 75.00

6% contribución

$ 4.00

$ 79.00

     

 


Alternativas para realizar el pago

En las diferentes Delegaciones de Hacienda del Estado y en las cajas de Centro de Recaudación Local (http://www.chiapas.gob.mx/funcionarios/estatal/ejecutivo/secretaria-hacienda)


Vigencia de la operatividad del Servicio

todos los días hábiles de año.


Resolución obtenida

Certificación de plano Topográfico.

Vigencia de la resolución obtenida

No Aplica.

Horario de Atención

8:30 A.M. a 2:30 P.M. de Lunes a Viernes, en días hábiles.

Quejas y Sugerencias

Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.

Estas son las alternativas:

  1. Dirección de Catastro del Estado

    Diríjase con: C. Evencio Mendoza Herrera, sita en Calle Central y 2a. Sur , Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez.

    O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: (01961) 61 2 56 46

    En internet a través del Correo Electrónico siguiente: catastro.chiapas@hotmail.com


• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.

En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx

Información que establezca la normatividad aplicable

No aplica.

Información adicional

Podrá consultar la Legislación y los manuales de procedimientos catastrales en

www.catastro.chiapas.gob.mx

Criterios de resolución del Servicio

Que el solicitante del servicio tendrá lilmpio el predio y correra por su cuenta los gastos de la estancia y el traslado del persona por la verificación del inmueble.

Que cumpla con todos los requisitos.

Pago de derechos.

Cédula en proceso de actualización

Responsable de Actualizar
Responsable de la actualización
Secretaría General de Gobierno es la responsable de actualizar esta guía de servicios, a través del servidor público Ing. Francisco de Jesús Hernández García, con cargo de Analista.
Última actualización: 06 de April del 2021
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