Nombre del Servicio: Registro Catastral de Regularización.

Organismo Público: Secretaría General de Gobierno

Cédula en proceso de actualización

Modalidad

  • Presencial.

Fundamento Jurídico

  • Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65
  • Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A,
  • Ley Estatal de Derechos del Estado de Chiapas, Artículo 21 septies, fracción IV

Descripción del Servicio

Registro catastral de barrios y colonias, que forman parte de los procesos de Regularización de la Tenencia de la Tierra, que lleva acabo la Federación, el Estado y Municipios, a través de  instancias regularizadoras.

Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio

Cuando una colonia o asentamiento humano se haya constituido sin cumplir con la legislación correspondiente y no este inscrita en el Catastro del Estado.

Cómo realizar el Servicio

Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes


Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes:

  • La solicitud por escrito del registro catastral de la colonia a regularizar por parte de los Ayuntamientos o Dependencias correspondientes, indicando nombre, domicilio y un número de teléfono para oír y recibir notificaciones, dirigido al Director de Catastro del Estado y firmado por el interesado, anexando los requisitos.
  • Se revisará la documentación, en caso de que haga falta algún documento se le dará 15 días para subsanarlo, en caso contrario se tendrá por no interpuesta la solicitud.
  • Una vez cubiertos los requisitos, la Dirección de Catastro emitirá los dictámenes de pago de derecho para su respectivo cumplimiento, una vez realizados los pagos, se procederá a los trámites de registro, asignación de claves catastrales y expedición de las cédulas catastrales correspondientes en un plazo de 30 días naturales.

El pago de derecho se realizará en las Cajas de Recaudación de la Secretaria de Hacienda del Estado o a través de los medios que ésta disponga para tal fin.

Requisitos:


Nombre
Se necesita los
siguientes criterios:
-Firma
-Validación
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona, empresa,
sujeto obligado o
instancia que lo emite
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) Adicional se necesita alguno de los
siguientes criterios:
-Firma
Validación/Act.
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona o
empresa que lo emite
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio:
-Acreditación
-Inspeción
-Verificación
Inf. adicional acerca del rstRequisitos Original Copias


La solicitud por escrito del registro catastral de la colonia a regularizar por parte de los Ayuntamientos o Dependencias correspondientes


•Firma


Del Ayuntamiento Municipal.








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65.

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para acreditar el interes jurídico del servicio.







Copia del Acta de cabildo relativa al Programa de Regularización


•Firma
•Autorización


del Ayuntamiento Municipal que corresponda.








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para corroborar el interés y autorización por parte del Ayuntamiento municipal.





1


Copia de la escritura antecedente que ampare el predio regularizado.


•Firma


el fedatario público que la emita y valida, así como inscrita ante el registro público de la propiedad y del comercio.








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para acreditar la legal tenencia de la propiedad antecedente.





1


Copia de la boleta del pago del Impuesto Predial del predio regularizado.


•Validación


Por el Ayuntamiento municipal que corresponda










Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.





1


Copia de la escritura de lotificación del barrio, colonia o asentamiento regularizado


•Firma
•Validación
•Autorización


firma por el notario público, validación por el Registro público de la propiedad y del comercio y autorización del ayuntamiento que corresponda.








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para constatar la legal tenencia de los lotes individuales.





1


Tres tantos del plano de lotificación georeferenciado de la regularización


•Firma
•Autorización


firma del profesionista que lo elabore y autorización del ayuntamiento municipal que corresponda.








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para localizar la ubicación, superficie y características de los lotes individuales.





3


Un CD, que contenga el archivo digital de lotificación de la regularización, en formato con extensión DXF.


•Autorización


Por el profesionista que lo elabore








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para antecedente consultivo de localización y registro digital de la ubicacación de cada lote indivicual.

 







Un CD, que contenga los datos alfanuméricos de cada uno de los lotes resultantes de la lotificación de la regularización, en formato digital (Fraccionamático), que para tal efecto disponga la Dirección.


•Validación


Por la Dirección de Catastro del Estado.








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para captura digital en el Sistema de Gestión Catastral de las características de los lotes individuales.







Memoria descriptiva, indicando número de manzanas y lotes con áreas, medidas y colindancias, señalando la relación de las personas beneficiadas con el programa de regularización.


•Firma
•Validación
•Autorización


empresa que lo emita y validación del notario público y autorización del ayuntamiento municipal correspondiente.








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para antecedente consultivo sobre las características de cada lote individual.







1


Copia del Pago de derecho correspondiente


•Autorización


Por la Secretaría de Hacienda, a través de sus Delegaciones








•Acreditación


Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 59-A, 61y 65

Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículo 43-A.

Preexistente.

Para comprobar que se cubrio con el pago por el servicio.





1

Formatos

No aplica

¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?

SI

Objetivo de la inspección o verificación del Servicio:




Sujeto obligado responsable del trámite o servicio

Tuxtla Gutiérrez
  • Dirección de Catastro del Estado

    C. Evencio Mendoza Herrera

    Calle Central y 2a. Sur , Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Teléfono: (01961) 61 2 56 46
    Correo: catastro.chiapas@hotmail.com

Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio

30 días hábiles.

Monto de derechos

ver tabla de costos


Adicional al monto de derechos del Servicio

6% de aportación para el desarrollo económico y social en la entidad, artículo 262 Ter del Código de
Hacienda Pública para el Estado de Chiapas 2020.

Forma de determinar el monto de derechos del Servicio

21-OCTIES - I - a 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $00,001 HASTA $50,000

$ 600.00

6% contribución

$ 36.00

$ 636.00

21-OCTIES - I - b 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $50,001 HASTA $100,000

$ 700.00

6% contribución

$ 42.00

$ 742.00

21-OCTIES - I - c 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $100,001 HASTA $200,000

$ 950.00

6% contribución

$ 57.00

$ 1,007.00

21-OCTIES - I - d 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $200,001 HASTA $300,000

$ 1,400.00

6% contribución

$ 84.00

$ 1,484.00

21-OCTIES - I - e 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $300,001 HASTA $400,000

$ 1,900.00

6% contribución

$ 114.00

$ 2,014.00

21-OCTIES - I - f 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $400,001 HASTA $500,000

$ 2,400.00

6% contribución

$ 144.00

$ 2,544.00

21-OCTIES - I - g 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $500,001 HASTA $1'000,000

$ 3,000.00

6% contribución

$ 180.00

$ 3,180.00

21-OCTIES - I - h 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $1'000,001 HASTA $5'000,000

$ 4,400.00

6% contribución

$ 264.00

$ 4,664.00

21-OCTIES - I - i 

EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $5'000,001 EN ADELANTE

$ 6,000.00

6% contribución

$ 360.00

$ 6,360.00

21-SEPTIES - I  

POR REGISTRO Y EXPEDICION DE CEDULA CATASTRAL HABITACIONALES URBANOS DE INTERES SOCIAL, DE TIPO POPULAR, CAMPESTRE Y GRANJAS DE EXPLOTACION AGROPECUARIA, CONDOMINIOS HORIZONTALES Y VERTICALES INTERES SOCIAL O POPULAR, POR CADA LOTE

$ 440.00

6% contribución

$ 26.00

$ 466.00

21-SEPTIES - II  

REGISTRO Y EXPEDICION DE CEDULA CATASTRAL HABITACIONALES URBANOS DE TIPO MEDIO; INDUSTRIALES E INDUSTRIALES DE TIPO SELECTIVO, POR CADA LOTE

$ 600.00

6% contribución

$ 36.00

$ 636.00

21-SEPTIES - III  

REGISTRO Y EXPEDICION DE CEDULA CATASTRAL HABITACIONALES URBANOS DE PRIMERA; HORIZONTAL Y VERTICAL DE TIPO RESIDENCIAL, POR CADA LOTE

$ 1,100.00

6% contribución

$ 66.00

$ 1,166.00

 


Alternativas para realizar el pago

En las diferentes Delegaciones de Hacienda del Estado y en las cajas de Centro de Recaudación Local (http://www.chiapas.gob.mx/funcionarios/estatal/ejecutivo/secretaria-hacienda)


Vigencia de la operatividad del Servicio

todos los días hábiles del año.


Resolución obtenida

Registro y Expedición de Cédula Catastral.

Vigencia de la resolución obtenida

Seis meses, a partir de la expedición, artículos 44 y 45 del Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas.

Horario de Atención

8:30 A.M. a 2:30 P.M. de Lunes a Viernes, en días hábiles.

Quejas y Sugerencias

Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.

Estas son las alternativas:

  1. Dirección de Catastro del Estado

    Diríjase con: C. Evencio Mendoza Herrera, sita en Calle Central y 2a. Sur , Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez.

    O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: (01961) 61 2 56 46

    En internet a través del Correo Electrónico siguiente: catastro.chiapas@hotmail.com


• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.

En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx

Información que establezca la normatividad aplicable

No aplica.

Información adicional

El Pago de derechos que se realiza por el servicio, es vigente durante el ejercicio en curso, ya que la regularización es incluida por cada dependencia en su Programa Anual.

 

Podrá consultar la Legislación y los manuales de procedimientos catastrales en

 www.catastro.chiapas.gob.mx

Criterios de resolución del Servicio

Presentar requisitos completos.

Cubrir el costo establecido.

Cumplir en tiempo y forma con los requerimientos.

Cédula en proceso de actualización

Responsable de Actualizar
Responsable de la actualización
Secretaría General de Gobierno es la responsable de actualizar esta guía de servicios, a través del servidor público Ing. Francisco de Jesús Hernández García, con cargo de Analista.
Última actualización: 06 de April del 2021
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