Cédula en proceso de actualización
Modalidad
- Presencial.
Fundamento Jurídico
- Artículo 4, fracción I, XIII y XVI, del Decreto No. 209, publicado en el periódico oficial 034, de fecha 27 de Junio de 2007, mediante el cual se crea el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas.
- Artículo 7, fracción VII, inciso f) Capítulo I y artículo 39, inciso f), del Reglamento Interior del Sistema DIF Chiapas, publicado mediante periódico oficial 396, de fecha 26 de Septiembre del 2018
Descripción del Servicio
Casa Hogar Infantil, tiene como propósito albergar y custodiar a niñas y niños en situación de vulnerabilidad, de 0 meses a 11 años 11 meses de edad que han sido objeto de maltrato, abandono o abuso sexual. A través de acciones encaminadas a procurar el bienestar tanto físico y emocional procurando mejorar la calidad de vida durante la estadía de los niños y niñas en Casa Hogar Infantil, proporcionándoles alojamiento temporal, atención médica, psicológica, apoyo educativo y pedagógico, alimentación de acuerdo al estado nutritivo y vestuario apropiado. Se atienden también a niñas y niños migrantes que son canalizados por el Instituto Nacional de Migración, mientras se resuelve su situación jurídica.
Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio
Cuando un niño o niña se encuentre en situación de vulnerabilidad, abandono o maltrato.
Cómo realizar el Servicio
Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes
- Denuncia ante Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia, Ministerio Público o autoridad competente, esta autoridad definirá la situación jurídico legal del menor.
- La autoridad competente solicita ante la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia el ingreso del menor acompañado de Acta Administrativa o carpeta de investigación, además del certificado del médico legista.
- La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia solicita a la Coordinación Operativa de Centros Asistenciales con atención a la Administración de Casa Hogar Infantil el ingreso del menor.
Requisitos:
Nombre |
Se necesita los siguientes criterios: -Firma -Validación -Certificación -Autorización -Visto Bueno de un tercero |
Persona, empresa, sujeto obligado o instancia que lo emite |
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) | Adicional se necesita alguno de los siguientes criterios: -Firma Validación/Act. -Certificación -Autorización -Visto Bueno de un tercero |
Persona o empresa que lo emite |
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio: -Acreditación -Inspeción -Verificación |
Inf. adicional acerca del rstRequisitos | Original | Copias |
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Oficio de canalización. |
•Firma |
Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia. |
•Acreditación |
1.- No aplica. 2.-Preexistente. 3.- Acreditar que autoridad remite al menor. |
![]() |
||||
Encontrarse en condiciones de abandono, orfandad, maltrato físico y/o abuso sexual. |
•Validación |
Trabajo Social. |
•Acreditación |
1.-No aplica. 2.- Preexistente. 3.- Acreditar su estado de vulnerabilidad.
|
|||||
No contar con antecedentes delictivos. |
•Firma |
Casa Hogar Infantil. |
•Acreditación |
1.- No aplica. 2.- Preexistente. 3.- Fortalecer la convivencia entre los menores. |
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||||
No padecer invalidez o deficiencia Física y/o mental. |
•Firma |
Casa Hogar Infantil. |
•Acreditación |
1.-No aplica. 2.-Preexistente. 3.-Debido a que no se cuenta con la atención correspondiente. |
|||||
Cartilla de Vacunación. |
•Firma |
Casa Hogar Infantil. |
•Acreditación |
|
|||||
Fotografía |
•Firma |
Casa Hogar Infantil. |
•Acreditación |
1.- No aplica 2.-Preexistente. 3.-Anexar al expediente. |
Formatos
No aplica¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?
NOSujeto obligado responsable del trámite o servicio
- Tuxtla Gutiérrez
Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia
Lic. María Isabel Cruz Cruz
Libramiento Norte Oriente Salomôn Gonzâlez Blanco S/N Esq. Paso Limón, Patria Nueva C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Conmutador: (961) 61 7 00-20 Ext. 55006, 55081
Correo: procuraduria@difchiapas.gob.mx
Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio
3 dias.
Monto de derechos
Gratuito
Adicional al monto de derechos del Servicio
No aplica.
Forma de determinar el monto de derechos del Servicio
No aplica.
Alternativas para realizar el pago
No aplica.
Vigencia de la operatividad del Servicio
Todo el año 2021, en días y horas hábiles.
Resolución obtenida
Reintegración familiar, adopción plena o en casos extremos canalización al albergue de adolescentes u otro albergue que brinde los mismos cuidados.
Vigencia de la resolución obtenida
No aplica
Horario de Atención
De lunes a domingo, las 24 hrs del día, los 365 días del año.
Quejas y Sugerencias
Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.
Estas son las alternativas:
Coordinación Operativa de Centros Asistenciales
Diríjase con: C. Ana Cecilia Ortíz Farrera, sita en Libramiento Norte Oriente S/N Esq. Paso Limón, Patria Nueva C.P. 29045 Tuxtla Gutiérrez.
O bien, si lo prefiere comuníquese al Conmutador: ( 961 ) 61 7 00 20 Ext. 55015, 55088 y 55089
En internet a través del Correo Electrónico siguiente: centrosasistenciales@difchiapas.gob.mx
• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.
En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx
Información que establezca la normatividad aplicable
- Artículo 4to., Capítulo II, de la Ley de Asistencia Social.
Información adicional
No aplica.
Criterios de resolución del Servicio
- Que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y la Familia solicite el ingreso.