Nombre del Servicio: Inconformidades por parte de los Usuarios de Servicios Médicos (privado o publico)

Cédula en proceso de actualización

Modalidad

  • Presencial.

Fundamento Jurídico

 

  •  Decreto de Creación de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas. Para las quejas: Capítulo I, Artículo 3º, Articulo 4º, Fracción VII,  Artículo 10, Fracción III; Articulo 12º, Fracción  IV-VII; Para los laudos: Capitulo I, Articulo 1º.  Artículo 12, Fracción IX.
  •  Reglamento de Procedimientos para la Atención de Quejas Médicas y Gestión Pericial de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas. Para las quejas: Capitulo I, Articulo II Fracción XIX, Sección segunda Articulo 48º-53º; Para las Gestiones médicas: Capitulo I, Artículo 4º. Fracción III; Para los convenios el  Capítulo I, Articulo  2º. Fracción XX y Artículo 65º-68º. Para los laudos: Capitulo 1º. Articulo 2º.Fracción XI. Sección cuarta Artículo 86º-92º.

Descripción del Servicio

El servicio consiste en: Gestiones inmediatas: Intervención de la Comisión ante otras instancias prestadoras de servicios de salud, para obtener apoyo para un usuario que amerite atención médica u otros servicios relacionados con la misma (sobre todo urgente). Quejas: Caso referente a presunta irregularidad en el acto médico y que ingresa para tratar de conciliar o someterse al arbitraje de la Comisión. Se incluyen todas las quejas, ya sea recibidas por comparecencia o por correspondencia o turnadas por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. Arbitraje: Forma hetero-compositiva para resolver el litigio, elegido por las partes y la resolución final es a través  de un laudo. 

Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio

En los casos en que el ciudadano lo solicite y presente su queja o inconfomidad de manera física o vía telefónica

Cómo realizar el Servicio

Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes


Debera acudir a las oficinas de esta Comisión y sera atendido por personal profesional y capacitado o puede usted también ser atendido telefónicamente a los numeros 60 4 72 61, 12 1 00 55, 12 1 00 45.

 

Requisitos:


Nombre
Se necesita los
siguientes criterios:
-Firma
-Validación
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona, empresa,
sujeto obligado o
instancia que lo emite
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) Adicional se necesita alguno de los
siguientes criterios:
-Firma
Validación/Act.
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona o
empresa que lo emite
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio:
-Acreditación
-Inspeción
-Verificación
Inf. adicional acerca del rstRequisitos Original Copias


Identificación Oficial del Usuario y/o Representante Legal


















1


Documento idóneo para acreditar la relación medico paciente


















1

Formatos

No aplica

¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?

NO

Sujeto obligado responsable del trámite o servicio

Tuxtla Gutiérrez
  • Subcomisión Estatal

    Dr. Jorge Antonio Penagos Avendaño

    Avenida Argentina 351, Col. El Retiro C.P. 29040 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Conmutador: (961) 60 4 72 61 y 12 1 00 45 Teléfono: (961) 60 4 72 61 y 12 1 00 45
    Correo: subcomisionchiapas@arbitrajemedico.chiapas.gob.mx

Palenque
  • Delegación Regional Palenque

    Dra. Nora Hilda Sangeado Camacho

    Avenida Miguel Hidalgo, S/N, Plaza Chacamax, Local 4, Planta Baja , Col. Centro. C.P. 29960 Palenque, Chiapas.

    Teléfono: (916) 34 5 41 34 Lada sin costo 01 800 702 14 78
    Correo: cecam_palenque@arbitrajemedico.chiapas.gob.mx

Tapachula
  • Delegación Regional Tapachula

    Dr. Luis Octavio Flores Diaz.

    9a Oriente N°16 D entre 1a y 3a Norte, Col. Centro C.P. 30700 Tapachula, Chiapas.

    Conmutador: Teléfono: ( 962) 11 8 17 15 Lada sin costo 01 800 581 02 92
    Correo: cecam_tapachula@arbitrajemedico.chiapas.gob.mx

Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio

Una hora

Monto de derechos

Gratuito


Adicional al monto de derechos del Servicio

Los servicios son gratuitos

Forma de determinar el monto de derechos del Servicio

No aplica


Alternativas para realizar el pago

No aplica


Vigencia de la operatividad del Servicio

Del 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2020


Resolución obtenida

Gestión inmediata, Queja concluida por convenio, Queja concluida con laudo

Vigencia de la resolución obtenida

No aplica

Horario de Atención

De Lunes a Viernes.
De 8:00 A.M. a 4:00 P.M.
Días Hábiles

Quejas y Sugerencias

Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.

Estas son las alternativas:

  1. Subcomisión Estatal

    Diríjase con: Dr. Jorge Antonio Penagos Avendaño, sita en Avenida Argentina 351, Col. El Retiro C.P. 29040 Tuxtla Gutiérrez.

    O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: (961) 60 4 72 61 y 12 1 00 45 Conmutador: (961) 60 4 72 61 y 12 1 00 45

    En internet a través del Correo Electrónico siguiente: subcomisionchiapas@arbitrajemedico.chiapas.gob.mx


• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.

En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx

Información que establezca la normatividad aplicable

  •  Decreto de Creación de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas. Para las quejas: Capítulo I, Artículo 3º, Articulo 4º, Fracción VII,  Artículo 10, Fracción III; Articulo 12º, Fracción  IV-VII; Para los laudos: Capitulo I, Articulo 1º.  Artículo 12, Fracción IX.
  •  Reglamento de Procedimientos para la Atención de Quejas Médicas y Gestión Pericial de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas. Para las quejas: Capitulo I, Articulo II Fracción XIX, Sección segunda Articulo 48º-53º; Para las Gestiones médicas: Capitulo I, Artículo 4º. Fracción III; Para los convenios el  Capítulo I, Articulo  2º. Fracción XX y Artículo 65º-68º. Para los laudos: Capitulo 1º. Articulo 2º.Fracción XI. Sección cuarta Artículo 86º-92º.

Información adicional

No aplica

Criterios de resolución del Servicio

Platica, Conciliación y Arbitraje

Cédula en proceso de actualización

Responsable de Actualizar
Responsable de la actualización
Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas es la responsable de actualizar esta guía de servicios, a través del servidor público Lic. Wendy Sthefany Segura Ruiz, con cargo de Auxiliar de Administrativo.
Última actualización: 03 de March del 2020
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